LXS QUERELLANTES DE LA APDH FINALIZARON SUS ALEGATOS

 Por H.I.J.O.S Jujuy

El día 10 de agosto a las 10:00 hs, se retomaron las audiencias, luego de la feria judicial,  del 6to Juicio por delitos de lesa humanidad que se está llevando a cabo en nuestra provincia, la   jornada se inició con la continuación del alegato a cargo de la abogada Andrea Lupiañez, representante de la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos) retomando los hechos que competen a las  víctimas de la zona del Dpto Ledesma.

Se refirió a los hechos sucedidos en Guerrero, comentó que allí fueron alojadas las víctimas de la causa conocida como “La Noche del Apagón”. Como ya se ha mencionado, estas víctimas fueron llevadas hasta este lugar maniatadas y con los ojos vendados, cuando eran ingresadxs al hall del edificio los represores los enumeraban, reemplazando de esta manera sus nombres con números. Fueron sometidas a innumerables vejámenes, los que describieron ya las querellas que antecedieron a la de la APDH.

Lupiañez, también dijo que las listas empleadas por estos represores para detener personas eran brindadas por los directivos de la empresa Ledesma, ideólogos del terrorismo de Estado y resaltó la presencia del Obispo Medina, beneficiado por el punto final biológico, quien participaba de las sesiones de tormentos, y remarcó que la dictadura abarcó los ámbitos cívico-militar y eclesial.

Además, se refirió a los genocidas de Guerrero, como aquellos que cuidaban los intereses de la empresa del Ingenio Ledesma, son variadas las declaraciones de las víctimas que dan cuenta sobre los violentos interrogatorios realizados, estos giraban en torno a sus actividades gremiales y su ideología. 

“EL PILAR DE LA LLAMADA LUCHA CONTRA LA SUBVERSIÓN FUE EL IDEAL PATRIARCAL, BURGUÉS Y CATÓLICO” (APDH)

Continuando con el alegato, la querella pasó a relatar los crímenes de índole sexual que padecieron las víctimas en Guerrero. Dijo que estos no fueron hechos aislados, fue una práctica contínua y sistemática. Durante el transcurso de este juicio se pudieron constatar que los abusos se dieron incluso contra miembros de las familias de las víctimas. 

Son muchos los testimonios de las víctimas que relataron situaciones similares de violencia sexual y agresiones de distintos grados: humillaciones, desnudez forzada, manoseos, golpes y descargas eléctricas, amenazas constantes de violación.  Son tres las víctimas que pudieron contar lo sucedido y se animaron a denunciar los abusos que sufrieron a pesar de la constante re-victimización. Estos hechos están detallados en la AUD/88 (2) de la causa. En este sentido,  recalcó lo valioso de los testimonios de otrxs compañerxs que estuvieron detenidxs y pudieron dar cuenta de los abusos vividos y señalar al imputado Bernardo Salinas, quien debe responder penalmente por los delitos sexuales en contra de estas tres víctimas.

Los delitos sexuales encuadrados dentro del plan sistemático involucran a toda la cadena de mando, aunque no hayan participado directamente en la ejecución de los actos, dieron libertad a subordinados para que dispusieran a su voluntad sobre la integridad sexual de las víctimas. Ante esto, Lupiañez, pidió al tribunal que estos hechos se juzguen como delitos sexuales autónomos a la tortura, desde una perspectiva de género que evidencie el trato diferenciado que tuvieron las mujeres en Guerrero y en Gorriti. 

Para comprender estos delitos desde una perspectiva de género, mencionó que era necesario tener en cuenta que el pilar de la llamada lucha contra la subversión fue el ideal patriarcal, burgués y católico, donde la mujer debía cumplir los roles tradicionales de madre y ama de casa, sosteniendo lo que ya habían mencionado las otras querellas. En caso de que no los cumpliera, se convertía en una subversiva, una enemiga social y terrorista peligrosa para el estado. Para los represores, las víctimas eran peligrosas, así lo demostró el imputado Américo Lescano sobre una de las víctimas a quien descalificó de “oportunista, traicionera y mentirosa” y dijo “exhibiéndose en la vidriera de la maldad”. 

Su derecho de defensa no lo autoriza a agredir a la víctima nuevamente, argumentó, y solicitó se dé lugar al juzgado de género y se remita copia de su declaración por el delito de violencia de género, ley vigente al momento en que Lescano hizo esta manifestación. También pidió que se tengan en cuenta para las sentencias, las secuelas de larga duración y los problemas psicológicos que sufrieron las víctimas sobrevivientes al afrontar todo el horror vivido.

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS IMPUTADOS

Con respecto a los homicidios cometidos en Guerrero, la abogada, mencionó la voluntad de los represores de continuar perpetuando estos crímenes contra las víctimas y los familiares que continúan con la búsqueda de sus cuerpos. Según los testimonios de varixs sobrevivientes, hubo víctimas de la “causa del apagón” que fueron asesinadas en el CCDTyE de Guerrero, todxs ellxs fueron vistos por última vez en pésimas condiciones en ese centro clandestino. La referencia a estos hechos se encuentran en la AUD/83 (1) donde el Ministerio Público Fiscal los describe detalladamente.

Luego, Lupiañez, se refirió a la responsabilidad penal de los imputados de esta causa pertenecientes al ejército, Mariano Rafael Braga y Jones Tamayo, quienes actuaron en conjunto, puesto que formaban parte del grupo de inteligencia del área 323 y actuaban bajo el mando del Coronel Bulacios.

Braga fue uno de los personajes más siniestros, así lo manifestó la abogada, “el terror de las madres” lo llamaban en el penal, por el trato violento que tenía hacia los familiares de las víctimas. Sus acciones delictivas y funciones dentro del sistema represivo están constatadas en su legajo mencionado en la AUD/86(3). Entre los testimonios, la víctima Samán contó que cuando lo sacaron de la central de policía y lo trasladaron a Guerrero pudo ver a Braga y lo indicó como el conductor del vehículo. Por su parte, Oscar Alfaro Vasco escuchó que un oficial dijo “yo solo los traigo, esta gente es de Braga”. Del mismo modo, los testimonios lo ubican en los operativos de allanamiento y secuestro, y en los interrogatorios llevados a cabo en el servicio penitenciario de Villa Gorriti.

Por los delitos referidos a la “causa de la noche del apagón” le corresponde responder por 41 hechos en perjuicio de Johny Vargas Orozco, Salvador Cruz, Ramón Patricio Rivero, Miguel Ángel Garnica, Domingo Horacio Garnica, Rita Eblogia Cordero de Garnica, Alfonso Cordero, Ernesto Reynaldo Samán, Hipólito Álvarez, Casiano Bache, Raúl Ramón Bartoletti, Alicia Norma Castillo, María Azucena Cortéz, Luis Escalante, Hilda del Valle Figueroa, Rufino Lizárraga, Eduardo Cesar Maldonado, Héctor Narváez, Delicia del Valle Álvarez de Narváez, Enrique Núñez, Mario Martín Núñez, Ana María Pérez, Isidro Salinas, Walter Hugo Juárez, Guillermo Genaro Díaz, German Tomas Córdoba, Humberto Filemón Campos, Vicente Lino Cáceres, Juan Miguel Lodi, Alfredo Mérida, Alfredo Benjamín Cortéz,  Raúl Cortéz, Horacio Carrazana, Leandro Rodolfo Córdoba, Domingo Reales, José Manuel Cabrera, Rubén Eduardo Canseco, Juan Gerardo Jarma, Rubén Molina, Hugo Antonio Narváez y Juan Carlos Espinosa.

Juan Carlos Jones Tamayo debe responder por las cinco víctimas de la causa Arédez, Lupiañez resaltó que no se debe pasar por alto la peligrosidad de este imputado que estuvo prófugo de la justicia lo que debe ser tenido en cuenta por el tribunal para conmutar la pena. Su presencia permanente en los hechos está constatada a través de su legajo detallado en la AUD/86 (3) y a través de los múltiples testimonios brindados por los sobrevivientes. 

No cabe duda de la responsabilidad penal de Jones Tamayo por los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas Luis Ramón Arédez (primera detención), Ramón Luis Bueno, Antonio Filliu, Omar Claudio Gaínza y Carlos Alberto Melián.

A continuación se desarrolló la responsabilidad que les cabe a los imputados José Américo Lezcano, Carlos Humberto Cachambe, Virglio Choffi y Pedro Ríos, todos ellos policías de la provincia, acusados en la causa conocida como “Noche del apagón”, que se desempeñaban en las comisarías 1ra, comisaría 24 y la sub comisaría de Calilegua; y llevaban tareas  de inteligencia en el ramal como surge de sus legajos personales desarrollados en la AUD/88 (2) por el Ministerio Público Fiscal.

En relación a Américo Lescano, también policía de la provincia, se encuentran acreditados los hechos delictivos que le fueron atribuidos en relación a las 23 víctimas: Hipólito Álvarez, Germán Tomás Córdoba, Salvador Cruz, Guillermo Genaro Díaz, Miguel Ángel Garnica, Domingo Horacio Garnica, Mario Martin Núñez, Walter Hugo Juárez, Román Patricio Rivero, Alfonso Waldino Cordero, Delicia del Valle Álvarez de Narváez, Héctor Narváez, Enrique Núñez y Ana María Pérez, Johnny Vargas Orozco, Ramón Raúl Bartoletti, Ernesto Reinaldo Samán, Rufino Lizárraga, Casiano Bache, Luis Escalante, Hilda del Valle Figueroa, Eblogia Cordero de Garnica y Eduardo Cesar Maldonado.

Lescano participó en los secuestros, detenciones, torturas y aberrantes tratos ya que se desempeñaba como jefe de la comisaría 24 que operó como uno de los Centros Clandestinos de Detención en Ledesma, dijo la abogada, e hizo una descripción  sobre los secuestros de la Noche del Apagón, estos hechos y declaración que lo involucran fueron desarrollados en la AUD 88 (2). 

En el mismo sentido, se refirió a  los hechos ocurridos antes de la noche del apagón, y dijo que, otra ex presa política de San Pedro, contó sobre  los abusos sexuales que profirieron en contra de ella y las condiciones inhumanas a las que las sometió este imputado, hechos que fueron relatados en audiencias anteriores por las otras querellas.

En el caso del imputado Pedro Rios, dijo, debe responder por los hechos de privación ilegal de la libertad y torturas en perjuicio de la víctima Germán Tomás Córdoba. Los testimonios de su hermana, Delfina Eulalia Córdoba relataron que German fue a la comisaría en horas de la siesta, al ver que no regresaba fue a buscarlo y le comunicaron que estaba detenido e incomunicado. Mientras esperaba que la atiendan llegó el oficial Ríos que se presentó como tal y dijo que su hermano estaba incomunicado por orden del General Bulacios y le ordenaron buscar sus documentos para el traslado.  Delfina nunca más volvió a ver a su hermano. También recordó haber visto al oficial Cachambe a quien reconoció como el oficial que trabajaba en la comisaría de Calilegua.

Este último debe responder por los hechos en perjuicio de Germán Tomás Córdoba y Guillermo Genaro Díaz. En relación a Díaz también debe responder el imputado Virgilio Choffi. Ambos imputados trabajaron de manera conjunta en los operativos de allanamiento y detención de Guillermo Genaro Diaz. En tal sentido declararon Hilda Aramayo de Díaz y su madre y hermana, Graciela Manuela y Guillermina Diaz. Las tres coincidieron en que Cachambe y Choffi lo ataron a  un árbol de palta y fue trasladado a la comisaría de Calilegua, a estos testimonios, también se sumaron los de Hilda del Valle Figueroa y Luis Victor Esacalante que señalan a Cachambe y Choffi como partícipes de otros procedimientos. De esta forma, lo expuesto coincidió con el relato del  fiscal sobre los delitos cometidos.

Luego de un breve cuarto intermedio, se retomó el alegato en contra del imputado Juan de la Cruz Kairuz, quien debe responder por los delitos en perjuicio de Luis Ramón Aredez. La querellante recordó el legajo personal del imputado. Este fue desarrollado exhaustivamente en la AUD 88 (2), momento en que quedaron demostradas sus funciones de inteligencia, participación en las investigaciones clandestinas y los vínculos con los intereses de la Empresa Ledesma. 

Kairuz, en su declaración, reconoció su cargo como policía y numerosos testimonios dan cuenta que se desempeñaba como deportista de la empresa Ledesma, y que la misma pagaba su sueldo y le daba la vivienda. 

En cuanto a la primera detención de Aredez, el testigo víctima José Hugo Condorí expresó que cuando compartió cautiverio con él, en el penal de Gorriti, este le dijo que cuando lo sacaron de su casa fue trasladado a la seccional en un vehículo de la empresa Ledesma por el futbolista Kairuz. Se acreditó la participación del imputado en la primera detención por las constancias citadas en la AUD 88 (2) al igual que en los saqueos y robos sufridos durante y después de los allanamientos por la familia Aredez. También mencionó que luego de su desaparición, al cabo de unos días, volvieron a ver a Kairuz haciendo espionaje en la ronda de las madres que se hacían los jueves en la plaza de Libertador General San Martín. 

La Dra. Lupiáñez continuó con los imputados del servicio penitenciario: Orlando Ricardo Ortiz, Mario Marcelo Gutiérrez y Herminio Zárate traídos a este juicio en calidad de coautores por los tormentos cometidos en perjuicio de Hilda Figueroa. Como se mencionó en alegatos anteriores, aparte de las funciones propias dentro del servicio penitenciario los tres imputados cumplían funciones en el área 323 del ejército. Las numerosas constancias que dan cuenta de las tareas de inteligencia, participación en las torturas y demás actos atroces fueron desarrolladas por el ministerio público fiscal en la AUD/89(4). En honor a la brevedad Lupiañez adhirió al alegato fiscal y al pedido de penas del ministerio público para los imputados de las causas “Noche del Apagón” y ”Aredez”, expuesta en la AUD/90(5).

Para concluir, la querella de la APDH pidió al tribunal una sentencia ejemplar, dijo que el proceso de memoria, verdad y justicia no solo tiene como fin el castigo de los imputados sino que también busca evitar que hechos como estos vuelvan a cometerse. Agregó que es necesario actuar en prevención de este tipo de crímenes y estar alerta a los primeros síntomas, como los allanamientos ilegales y detenciones- por nombrar algunos-  advirtiendo que aunque parezcan aislados, aún hoy siguen ocurriendo. Esto hace referencia a la persecusión hacia organizaciones sociales y de Derechos Humanos acontecidas en la provincia de Jujuy durante los últimos meses. Siendo las mismas organizaciones las que abogan por el pleno ejercicio de los derechos y detectan y luchan por la prevención de nuevos genocidios.

“ESTOS JUICIOS REPRESENTAN UN INTERPELACIÓN DIRECTA A LAS RELACIONES DE PODER EN ARGENTINA” (Querellante Rodríguez) 

Finalizada la exposición de la APDH, tomó la palabra el abogado Oscar Rodriguez, querella particular en representación de Teresa Adriana Arédez, hija de Luis Ramón Arédez.

El Dr. Rodriguez hizo mención a que por cuestiones de tiempo se remitirá a las pruebas expuestas por la fiscalía y la abogada Lupiañez, sin dejar de hacer referencia breve de las mismas. Esto con el fin de pasar directamente a las calificaciones legales y el pedido de pena para los represores imputados, en este caso Juan de la Cruz Kairuz y Juan Carlos Jones Tamayo.

Comenzó su alegato haciendo un reconocimiento a la trayectoria y militancia de Olga Marquez de Arédez, compañera leal de Luis, quien incansablemente junto a sus hijos han luchado para lograr justicia. 

Justicia que ha llegado tarde, así lo manifestó Rodriguez, los juicios han logrado que nosotros comprendamos la magnitud del horror vivido por las víctimas. Y agregó que “estos son juicios al poder de ayer, al de hoy y al del futuro”. Estos juicios funcionan a modo de espejo, reflejando el poder de las clases acomodadas y privilegiadas, por eso no los han querido ni los quieren, porque a medida que se destapa el gran capital, Blaquier en el caso de Jujuy, los empresarios juegan sus intereses en los momentos de alta complejidad. Estos juicios representan una interpelación directa a las relaciones de poder en la Argentina.

QUIERE QUE SEPA QUE NOS ESTÁ SIGUIENDO – (Olga Aredez)

A continuación, Rodriguez, compartió un escrito perteneciente a Adriana Arédez, con el fin de hacer llegar la voz de las víctimas, una debida reparación a la memoria de su padre. ¿Quién fue Luis Ramón Arédez?, así da inicio la carta donde expresa la vida de su padre, médico rural quien siempre abogó por los trabajadores zafreros. “Luis siempre fue conocido por su coraje, compromiso, entrega a la salud pública y lucha por los trabajadores más desprotegidos “, así lo recordó su hija, y agregó que tanto Luis como Olga Marquez Arédez, su compañera de toda la vida, “son símbolos de lucha contra las violaciones de los derechos humanos llevadas a cabo por las dictaduras”. En particular en nuestra patria argentina la búsqueda de justicia con la estricta verdad preservando la memoria del terrorismo de Estado con sus cómplices con nombre y apellido que se juzgan hoy en este tribunal oral federal de Jujuy por cometer los más bárbaros delitos de lesa humanidad condenados y castigados, agregó el abogado citando la carta. Y pidió que “los genocidas pasen todos los días que les restan en prisión por la barbarie de los delitos de genocidio y lesa humanidad cometidos, como es el de nuestro amado padre Luis Ramón Arédez”.

En la misma carta, la hija de Aredez apunta en contra de los imputados Juan de la Cruz Kairuz y Juan Carlos Jones Tamayo como los responsables del secuestro y desaparición de su padre. Al primero lo describe como quien perseguía a las madres de Libertador general San Martín (en concordancia con los testimonios de su madre) y con una extensa descripcion sobre las armas de tortura, se califica a Jones Tamayo como un sádico torturador.  Al finalizar esta carta, el pedido es claro  “sólo la cárcel es el lugar de los genocidas, sólo así será justicia” redacta enérgicamente Adriana .

Luego de las emotivas y crudas palabras traídas por Rodriguez a la jornada, se hizo una extensa exposición sobre las pruebas que constatan la culpabilidad de los acusados. Estas coinciden con lo desarrollado por el Ministerio Público Fiscal en las AUD 86(3) referente a Jones Tamayo y la AUD 88 (2) sobre Kairuz. 

Para finalizar, se recordó que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y son parte del genocidio vivido en Argentina, atento al marco histórico descripto por los y las compañeras abogadas se demostró que la provincia de Jujuy estuvo integrada al plan criminal ideado por el poder económico y la junta militar siguiendo la cadena de mando como continuadores y ejecutores a los imputados y recordando al poder económico que participó, haciendo referencia a Blaquier. En este contexto, observó que en un ataque generalizado o sistemático, las víctimas son mucho más vulnerables ya que una conducta delictiva común tiene muchos más medios de defensa mientras que ante los allanamientos, el acoso, la privación de  la libertad, la desaparición forzada y el homicidio se encuentran en total indefensión y calificó al estado y sus fuerzas como cómplices y ejecutores. 

Finalmente, la querella particular cerró el alegato de la jornada reiterando la responsabilidad y culpabilidad de los imputados y se apuntó nuevamente a la participación de Kairuz y Jones Tamayo como agentes del Estado quienes asumiendo la ideología del plan criminal, “lo perfeccionaron con inteligencia propia en este territorio actuando en coautoría con un Estado terrorista y el poder económico de la Empresa Ledesma”.

La audiencia N° 98 será el próximo jueves, 18 de agosto, a las 8:30 am en la sala del TOF de Jujuy. La cita revestirá la misma modalidad virtual y será transmitida en vivo por el canal de Youtube del CIJ (Centro de Informaciones Judiciales) https://www.youtube.com/user/cijargentina  

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